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La presión tributaria
Algunas opiniones sobre la presión tributaria en el sector
y su posible mejoramiento.-
Cr.Miguel Ángel Romero El sector de la salud esta atravesando momentos críticos y en ello incide sustancialmente la presión tributaria, así como los valores de las prestaciones, sin aumento desde hace muchísimo tiempo y los plazos de pago de la seguridad social. En la región no son pocas las clínicas que se vieron obligadas a cerrar sus puertas en los últimos años. Mientras que otras atraviesan situaciones económicas financieras difíciles. La actualización del equipamiento es imprescindible en la actividad, pero ello es cada vez más difícil, ya que a la devaluación del 2002, se le agrega, la falta de líneas de créditos acordes al nivel de inversión necesarios, y con tasas afines a la rentabilidad. Por ello tratamos de pergeñar algunas ideas vinculadas con la política tributaria, y que coadyuven a mejorar la situación del sector. El gobierno nacional ha mostrado con sus actitudes el aceptar ciertas "compensaciones tributarias", es así que si observamos el Dec. 841/2001, permitió considerar un porcentaje de la nómina salarial, como crédito fiscal en el IVA. También permite la compensación del impuesto de los débitos y créditos en cuentas bancarias, con el impuesto a las Ganancias y a las Ganancias Mínimas Presuntas. Debemos tener en cuenta que si vamos a peticionar una disminución en la presión tributaria la misma debe ser direccionada en primer lugar hacia aquellos impuestos reconocidos como distorsivos, o excesivos. Uno de los impuestos mas distorsivos es el impuesto al débito
y créditos en cuentas bancarias, y sobre ese impuesto se podría
plantear: El IVA. es un impuesto que en principio grava al consumidor final, ya
que en la cadena económica se van compensando los pagos de los
créditos fiscales, con los cobros de los débitos fiscales
que facturamos. En el sector evidentemente esto no sucede, y entonces
los C.F. que abonamos se convierten en costo, atento a que las obras sociales
están exentas del IVA, y por lo tanto al realizar el prorrateo
de los créditos fiscales en gravados y no gravados, estos últimos
se convierten en gasto. En esto también incide que los débitos
fiscales, en su mayoría están alcanzados a una alícuota
del 10,5 %, mientras que las compras de bienes y servicios están
alcanzadas a una alícuota del 21% y los servicios tales como luz,
Teléfono, gas están gravados al 27%. Con relación
a este impuesto podríamos plantear:
Esto no es mas que un grupo de ideas, para comenzar a avanzar en la viabilidad de cada una de ellas, su incidencia en la realidad de cada uno de los sanatorios. Les saludo atte., |